Todas las guías de trámites y ayudas

Beneficios fiscales, transporte y otras ayudas

Además de los trámites sanitarios, educativos y laborales, el reconocimiento de la discapacidad da acceso a otros beneficios que pueden aliviar la economía familiar: ventajas fiscales, descuentos en el vehículo y el transporte, el título de familia numerosa y otras ayudas.

Usa el orientador para ver de un vistazo cuáles podrían corresponderte según el grado de discapacidad de tu hijo o hija y vuestra situación.

Revisado por la Fundación Síndrome de Dravet · Actualizado en octubre de 2026

Manos que rodean y protegen una familia de papel sobre una mesa

¿Qué beneficios podrían corresponderte?

Elige el grado de discapacidad reconocido de tu hijo o hija y marca lo que se aplique a vuestra situación.

Resultado orientativo. Cada beneficio tiene sus propios requisitos y algunos dependen de los ingresos o de tu comunidad autónoma: confírmalo siempre con la administración. Si necesitas orientación, puedes pedirla a través del Programa de Atención Integral de la Fundación.

Beneficios fiscales y patrimonio protegido

Impuesto sobre la Renta (IRPF)

BeneficioEn qué consiste
Mínimo por discapacidad de descendientes3.000 € por cada hijo o hija con discapacidad igual o superior al 33 %; 9.000 € si es igual o superior al 65 %. Más 3.000 € adicionales por gastos de asistencia si necesita ayuda de terceras personas, tiene movilidad reducida o discapacidad igual o superior al 65 %.
Deducción por descendiente con discapacidad a cargoHasta 1.200 € al año por cada hijo o hija con discapacidad que dé derecho al mínimo. Pueden solicitarla quienes trabajan (en alta) o perciben determinadas prestaciones.
Abono anticipadoLa deducción puede cobrarse por adelantado, 100 € al mes, solicitándolo a la Agencia Tributaria (modelo 143).
Deducciones autonómicasMuchas comunidades autónomas tienen deducciones propias por discapacidad o por gastos de cuidado.

Ojo con la Ley 4/2026

Desde el 23 de octubre de 2026, la dependencia reconocida equivale a un grado mínimo de discapacidad (33 % o 65 %), pero esa equivalencia no se aplica en el ámbito tributario. Para los beneficios fiscales necesitas la resolución de discapacidad.

Patrimonio protegido

Es un patrimonio destinado a atender las necesidades de la persona con discapacidad, que es su titular. Pueden beneficiarse las personas con discapacidad psíquica o intelectual igual o superior al 33 % y con discapacidad física o sensorial igual o superior al 65 %.

Las aportaciones de familiares tienen ventajas fiscales. Se constituye ante notario.

Planificar el futuro

Muchas familias se preguntan qué pasará cuando ya no puedan cuidar de su hijo o hija. Estas herramientas ayudan a dejarlo previsto:

  • Patrimonio protegido: permite reunir bienes y ahorros destinados a sus necesidades, con ventajas fiscales para quienes aportan. La Ley 4/2026 prevé además una reforma de esta figura.
  • Testamento: el Código Civil permite favorecer al hijo o hija con discapacidad; por ejemplo, dejándole también la legítima estricta de sus hermanos (que, salvo que dispongas otra cosa, la recuperarán después por sustitución fideicomisaria) o un derecho de habitación sobre la vivienda familiar, que no computa para las legítimas si convivíais en ella.
  • Medidas de apoyo: en testamento o en documento notarial puedes dejar indicado quién preferirías que asumiera en el futuro la curatela; la autoridad judicial lo tendrá en cuenta (ver Medidas de apoyo).

Consejo

Planifícalo con un notario o un profesional del derecho, y mira el webinar de la Fundación «Planeando el futuro de personas con síndrome de Dravet».

Vehículo, aparcamiento y transporte

Vehículo

  • IVA reducido del 4 % en la compra y adaptación de vehículos destinados al transporte habitual de personas con discapacidad en silla de ruedas o con movilidad reducida. No basta con el grado de discapacidad: hay que acreditar la movilidad reducida. Requiere reconocimiento previo de la Agencia Tributaria.
  • Exención del impuesto de matriculación para vehículos matriculados a nombre de la persona con discapacidad para su uso exclusivo. Se solicita a la Agencia Tributaria antes de matricular.
  • Exención del impuesto de circulación (IVTM) para vehículos matriculados a nombre de personas con discapacidad para su uso exclusivo. Se solicita en tu ayuntamiento.
  • Ayudas para la compra o adaptación de vehículos: las convocan algunas comunidades autónomas y entidades locales.

Tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida

Permite aparcar en plazas reservadas y es válida en toda España. Se concede cuando la valoración de discapacidad reconoce movilidad reducida (o reducción severa de la agudeza visual).

De forma excepcional, puede concederse una tarjeta provisional por una enfermedad o patología de extrema gravedad certificada por los servicios públicos de salud.

Se solicita en el ayuntamiento, que puede conceder también una reserva de plaza junto al domicilio o al centro de trabajo.

Transporte público

  • Tarjeta Dorada de Renfe: para personas con discapacidad igual o superior al 33 %. Cuesta 6 € al año y ofrece descuentos de entre el 25 % y el 40 % según el tipo de tren y el día. Con discapacidad igual o superior al 65 %, un acompañante viaja en las mismas condiciones.
  • Servicio de asistencia en estaciones (Adif Acerca, antes Atendo): acompañamiento gratuito a personas con discapacidad o movilidad reducida en las estaciones; conviene solicitarlo con antelación.
  • Transporte urbano e interurbano: muchas comunidades y ayuntamientos tienen tarjetas o bonos con tarifa reducida para personas con discapacidad.
  • Bono taxi y ayudas al transporte: ayudas locales o autonómicas para quienes no pueden usar el transporte público.

Título de familia numerosa

Una familia con dos hijos o hijas, si al menos uno tiene discapacidad, se equipara a familia numerosa. Además, cada hijo o hija con discapacidad cuenta como dos para determinar la categoría (general o especial).

El título se solicita en tu comunidad autónoma y da acceso, entre otros, a descuentos en transporte, tasas educativas, deducciones fiscales y exención de las tasas del DNI y del pasaporte.

Calcula vuestra categoría de familia numerosa

Cuentan los hijos e hijas menores de 21 años (25 si estudian) y, si tienen discapacidad, a cualquier edad.

Resultado orientativo. Hay otros supuestos, por ejemplo cuando uno de los progenitores tiene discapacidad. El título lo concede tu comunidad autónoma.

Normativa

Sigue vigente la Ley 40/2003 de protección a las familias numerosas. El proyecto de Ley de Familias decayó con la disolución de las Cortes en octubre de 2026, así que, por ahora, no hay cambios a la vista en la normativa estatal.

Otras ayudas

Bono social eléctrico y térmico

Descuentos en la factura de la luz para consumidores vulnerables. Tener en el hogar a una persona con discapacidad igual o superior al 33 % es una circunstancia especial que eleva los umbrales de renta. Quienes tienen bono social eléctrico reciben también el bono social térmico. Durante 2026 los descuentos son del 42,5 % (consumidor vulnerable) y del 57,5 % (vulnerable severo). Se solicita a una comercializadora de referencia.

Productos de apoyo y adaptación de la vivienda

Las comunidades autónomas y algunos ayuntamientos convocan ayudas para productos de apoyo (camas articuladas, sillas, sistemas de alarma o detección de crisis, etc.) y para obras de accesibilidad en la vivienda. El CEAPAT (IMSERSO) ofrece un catálogo y asesoramiento gratuito sobre productos de apoyo. Si eres familia miembro, consulta también la convocatoria anual del Fondo de Solidaridad.

Justicia gratuita

Las personas con discapacidad pueden acceder a la asistencia jurídica gratuita con límites de ingresos más amplios en procedimientos relacionados con su discapacidad. Infórmate en el Colegio de la Abogacía de tu provincia.

Ocio, respiro y vacaciones

El IMSERSO subvenciona programas de vacaciones y turismo accesible que organizan entidades del sector de la discapacidad. La Fundación desarrolla también el Programa de Ocio Inclusivo, el Programa Cuídate (respiro por horas) y el Programa de Respiro Familiar: conoce todos nuestros programas.

¿Necesitas orientación sobre tu caso?

Si algo no encaja o te han denegado una ayuda, no tienes que resolverlo a solas.

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Información orientativa, revisada por la Fundación Síndrome de Dravet. Última actualización: octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento profesional ni la consulta de las fuentes oficiales.

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